Ref. Acreditación de Conocimientos Asesores Previsionales.
Oficio Circular CMF N°: 1.192 de 30 de diciembre de 2020.Oficio SP N° : 26.811 de 30 de diciembre de 2020.
A todos los Asesores Previsionales y Entidades de Asesoría Previsional.
La Superintendencia de Pensiones, en virtud de las facultades que le confieren el artículo 94 número 3 del Decreto Ley N° 3.500, de 1980 y la Comisión para el Mercado Financiero, en virtud de las facultades que le confieren el numeral 1 del artículo 5, el numeral 3 del artículo 20 y el numeral 1 del artículo 21 del Decreto Ley N°3.538, y lo acordado por su Consejo en sesión ordinaria N°215, de 23 de diciembre de 2020, han estimado lo siguiente:
La Letra d) del artículo 174 D.L. 3.500, establece que uno de los requisitos que deben cumplir los socios, administradores, representantes legales de las entidades de ases...