La ley reconoce que todo aquel que ha sufrido un daño por culpa de otro, tiene derecho a una indemnización. Así, ante el fallecimiento de un trabajador en un accidente laboral, resulta frecuente la presentación de reclamaciones judiciales y/o extrajudiciales por parte del cónyuge sobreviviente, conviviente civil, pareja, hijos matrimoniales o extramatrimoniales, padres o hermanos y otras personas.
Esto genera una serie de interrogantes respecto a quiénes pueden demandar; por qué conceptos; ante qué tribunales; etc., por citar algunos
aspectos relevantes, introduciendo elementos de incertidumbre a la hora de evaluar el riesgo patrimonial derivado del ejercicio de acciones indemnizatorias derivadas de un accidente del trabajo.