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CMF multa a aseguradora AVLA por no pago de pólizas a exconstructora del GAM

Autor: Patricia San Juan | latercera.com

31.05.2019 IMÁGENES DE LOS TRABAJOS DE LA SEGUNTA ETAPA DEL GAM FOTO: JUAN FARIAS. LA TERCERA

La investigación se originó en una denuncia presentada en abril de 2019 por la directora general de Obras Públicas del MOP.


La Comisión Para el Mercado Financiero (CMF) resolvió aplicar una multa de UF 1.000 a la aseguradora AVLA Seguros de Crédito y Garantía por el no pago de las indemizaciones correspondientes a tres pólizas de seguros por un total de UF 42.702 a la empresa contratista española Ecisa Chile, para garantizar el canje de retenciones en el contrato de obra pública de ampliación del Centro Cultural Gabriela Mistral (GAM), obras que nunca se llegaron a completar.

En su resolución la CMF determinó que “la investigada infringió una obligación imperativa –legal y normativa– que rige su actividad, esto es, observar el carácter a primer requerimiento de las pólizas de caución suscritas, lo que implica que pasó por alto cumplir su obligación principal y esencial correspondiente a pagar el monto reclamado dentro del plazo establecido en la póliza a la mera solicitud del asegurado sin oponer excepciones que condicionen o difieran su pago, desvirtuando con ello la naturaleza particular de esta modalidad de seguro de caución”.

Asimismo indica que “la investigada alteró el carácter a primer requerimiento del producto comercializado y que fue suscrito en favor de la Interesada –esto es, las pólizas de caución–, dañando de este modo el correcto funcionamiento del Mercado de Seguros dado que opuso excepciones al momento en que fue requerido el pago del seguro impidiendo que se pagara a primer requerimiento y perjudicando los intereses del Asegurado en dicho reclamo, en contravención no sólo a una norma legal, sino a la forma en que ofrece, comercializa ese producto y particularmente a la forma en que lo describe y regula en la misma póliza de seguro de garantía o caución a primer requerimiento de obras públicas”.

En este sentido, la resolución establece que la aseguradora reconoció que suscribió las pólizas de caución a primer requerimiento, pero, que una vez que fue reclamado el pago en dicho carácter, opuso excepciones, sosteniendo que debía finiquitarse previamente el contrato de obra pública.

La investigación se originó en una denuncia presentada el 29 de abril de 2019, por la directora general de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas ante la la Unidad de Investigación de la CMF en contra de AVLA referida al no pago de las indemnizaciones correspondientes a tres pólizas de seguro: Póliza N° 3002017053916 por la suma de UF 25.877; Póliza N° 3002017059232 por la suma de UF 8.524; y Póliza N° 3012017064552 por la suma de UF 8.301, tomadas por Ecisa Chile.

La aseguradora puede apelar a la multa mediante un recurso de reposición en la CMF o un recurso de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Demanda al MOP

En otra arista del caso Ecisa planea presentar en marzo una demanda en contra del Ministerio de Obras Públicas en la que pedirá una indemnización de unos $10 mil millones, dineros con los que la empresa espera poder pagar a sus acreedores.

La empresa contratista se declaró en quiebra en 2018, tras un fallido proceso de reorganización de deuda que inició ese año, producto de problemas de flujo que presentaba a raíz de sobrecostos del proyecto.

En 2015, la empresa se adjudicó la ampliación del recinto, que contaba con un presupuesto de $41 mil millones para pasar de 22 mil a 37 mil metros cuadrados, incorporar salas de ensayo y la Gran Sala, que contaría con modernos equipos de audio y una capacidad para unas 1.800 personas.

De hecho, la compañía presentó ante la Contraloría General de la República un reclamo por dicho monto, para ser compensado por el MOP por estos costos adicionales. Sin embargo, todo culminó con su quiebra local en septiembre de 2018, dado que el acuerdo de reorganización finalmente fue retirado por la empresa, debido al rechazo efectuado por la Contraloría al reclamo efectuado.