Cualquier modificación contractual en las pólizas requiere la aceptación expresa del asegurado
El 12º Observatorio Europeo de la Mediación de Seguros de CGPA se hace eco de varias sentencias relevantes que implican a mediadores en varios países. Entre las que publica sobre el mercado español, destaca el comentario de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2025, Expediente 1797/2020, Sentencia 328/2025, en la que el alto tribunal fija que «cualquier modificación contractual, especialmente una reducción del importe de la indemnización, debe ser objeto de una aceptación expresa por parte del asegurado. Ni el silencio ni la inacción pueden considerarse una aceptación, particularmente cuando no se demuestre que el asegurado haya tenido conocimiento de las modificaciones introducidas».
Los hechos de la sentencia se remontan a 2011, cuando una empresa especializada en...









