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Nuevo “round” entre las aseguradoras y el SII por los seguros con ahorro

 Principal, Sura, Chilena Consolidada, Ohio y Security ingresaron recursos de protección por la tributación de estos productos. ■ El Servicio se defiende e indica que los rescates son tributables.

Un nuevo “round” se está dando entre las aseguradoras Principal, Consorcio, Sura, Chilena Consolidada, Ohio International versus el Servicio de Impuestos Internos (SII). ¿El motivo? Nuevamente la tributación de los seguros con ahorro, uno de los principales productos del sector.

Entre el viernes y el martes, estas cinco aseguradoras presentaron ante la Corte de Apelaciones sendos recursos de protección -los que se suman a uno ingresado con anterioridad por Security- por un “acto arbitrario e ilegal” de parte del organismo público, el que señalan, está contenido en la Circular Nº13 y del Suplemento Tributario 2021.

Las compañías acusan que con estos documentos emitidos por el SII se pretende “desconocer el régimen tributario que la ley establece para los seguros de vida y exigir que las sumas percibidas en cumplimiento de tales seguros de vida paguen impuesto a la renta, pese a que la ley los declara como ingresos no constitutivos de renta”, según consta en la acción judicial presentada por Chilena Consolidada.

Señalan, que el SII “atenta” contra la seguridad jurídica, y pone a las firmas y a los contratantes en una situación de “incertidumbre” respecto de sus recursos.

Lo anterior ha generado un número importante de consultas por parte de los usuarios.

El origen de la disputa

La disputa viene de diciembre de 2018, cuando el SII dictó la circular Nº58 donde se publicó el Suplemento Tributario de 2019.

Según el recurso presentado por Consorcio, desde esa fecha el SII “sostuvo por primera vez y con efecto inmediato que las sumas obtenidas por un asegurado en cumplimiento de un contrato de Seguro de Vida (CUI) constituyen renta, encontrándose por tanto afectas a impuesto”.

Ante las acciones judiciales presentadas por las aseguradoras por el año tributario 2019, el SII obtuvo un fallo favorable ante la Corte de Apelaciones, por lo que dichas causas se encuentran hoy en

la Corte Suprema.

En tanto, por el año tributario 2020, todavía se encuentran pendientes los alegatos en primera instancia.

La visión del SII

Consultados en el SII por los recursos en contra de la Circular Nº13 y el Suplemento Tributario de 2021, precisaron

Las compañías señalan que el SII “atenta” contra la seguridad jurídica, y pone a las firmas y a los contratantes en una situación de “incertidumbre”.

que el organismo siempre ha señalado que no hay un tributo nuevo ni un cambio de criterio respecto del tratamiento tributario de esos instrumentos, reiterando que estos impuestos se encuentran regulado sen la Ley de Renta y que las compañías “no pueden pretender que a través de estas acciones cautelares se les garantice y proteja, en el ejercicio de privilegios no previstos por la ley”.

Agregaron que según la normativa vigente, cualquier seguro que genere una utilidad, rendimiento o incremento de patrimonio es tributable. En ese sentido, indicaron que las rentabilidades de estos contratos se consideran como intereses o rendimientos del capital, por lo que están gravadas.

Especificaron que las sumas percibidas por el beneficiario o asegurado, en cumplimiento de un seguro de esta naturaleza, distintas de la indemnización por causa de muerte, o que no correspondan a un seguro dotal, constituyen ingresos afectos a impuesto de primera categoría, de aquellos provenientes de las actividades a que se refiere el artículo 20, N°2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.