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Nueva normativa en estudio sobre tiempos de reparación de vehículos con pérdida parcial

La SVS en su constante quehacer respecto al mejoramiento del sector y habiendo constatado que una cantidad importantísima de reclamos de los asegurados obedecen a los tiempos de reparación de los vehículos con pérdida parcial, está estudiando la puesta en marcha de una obligación de informar a las compañías de seguros, que aporte información a los asegurados sobre lo que pueden esperar de la aseguradora de su preferencia respecto a este tema.
El Colegio, preocupado por sus asociados y las implicancias de esta nueva normativa, pone a su disposición un estudio de ella efectuado por su asesor legal.

INFORME CIRCULAR SVS SOBRE INFORMACIÓN DE TIEMPO DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS CON PÉRDIDA PARCIAL (APLICABLE A CIAS. DE SEGUROS GENERALES QUE VENDAN SEGUROS DE DAÑOS A VEHÍCULOS MOTORIZADOS) (PUESTA EN CONSULTA PARA COMENTARIOS HASTA 20 DE SEPTIEMBRE 2017)

Objetivo general:
El principal objetivo que persigue la emisión de esta normativa es disminuir la asimetría de información que existe en la toma de decisiones de los asegurados al momento de contratar un seguro automotriz no obligatorio, entregando nuevas y relevantes variables a la hora de resolver la contratación.

Por ello se propone emitir una Circular que requiera información a las Compañías de Seguros Generales respecto a tiempos de reparación de vehículos motorizados con pérdida parcial según distintas variables (marca, región, etc.), a fin de publicarla en el sitio web de la SVS.

Beneficios para los Asegurados:
• El beneficio directo e inmediato para los asegurados tiene relación con el acceso a nueva información, que puede ser relevante en la toma de decisión respecto a la compañía a contratar para la adquisición del seguro automotriz. Un cliente mejor informado respecto a los tiempos de Afiliado a la confederación Panamericana de Productores de Seguros espera en talleres que cada compañía presenta, puede priorizar dicha variable y seleccionar una compañía que se destaque en ello u optimizar su elección en base a la relación precio, disponibilidad geográfica de talleres y tiempo de espera. Lo anterior repercutiría en menores tiempos de espera en el taller para aquellos clientes que así lo deseen y un correspondiente mayor tiempo de uso del vehículo, lo cual presenta un beneficio económico para el asegurado.

INFORMACIÓN A SER ENVIADA
Las entidades aseguradoras del primer grupo que vendan pólizas de seguros de daños a vehículos motorizados o mantengan obligaciones por pólizas del mismo tipo, deberán enviar a este Servicio un archivo con la información siguiente:
Datos generales de denuncios, Número de asegurados y siniestros de daños a vehículos motorizados de uso comercial y no comercial (automóviles, camionetas y furgones, motocicletas, buses y camiones) con pérdida parcial en que se requirió la reparación o reemplazo de piezas y partes, cuyo proceso de reparación terminó durante el periodo que se deba informar.

Además, deberán, por una vez, enviar detalle de talleres que la compañía ofrece a sus asegurados para la reparación de vehículos

PERIODICIDAD: Semestral
PLAZO DE ENVÍO: La información deberá enviarse semestralmente, dentro de los veinte primeros días hábiles del mes siguiente al mes de término del semestre. (20 primeros días de Julio y Enero de cada año)
DIFUSIÓN: En sitio web SVS o CMF a futuro.
VIGENCIA: Entraría en vigencia a partir de la información correspondiente al segundo semestre de 2017 que debe enviarse a esta Superintendencia a más tardar el día 26 de enero de 2018.

INFORMACIÓN ESPECÍFICA A PROPORCIONAR (En Anexos específicos)
IDENTIFICACIÓN DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS,
NÚMERO DE DENUNCIOS POR TIPO DE VEHICULOS
NÚMERO DE VEHÍCULOS ASEGURADOS POR REGIÓN PÓLIZA
NÚMERO_SINIESTRO: Corresponde al número o código único con que la aseguradora identifica el siniestro.
FECHA_SINIESTRO; Corresponde a la fecha de ocurrencia del siniestro.
FECHA_DENUNCIO: Corresponde a la fecha de denuncia de siniestro realizado por el asegurado, ya sea a la compañía o al corredor, el que ocurra primero.
FECHA_EMISION_ORDEN_REP ARACION: Corresponde a la fecha en que compañía autorizó la reparación del vehículo.
FECHA_INGRESO_TALLER: Corresponde a la fecha de ingreso del vehículo al taller para efectuar su reparación.
FECHA_SALIDA_TALLER; Corresponde a la fecha de salida del vehículo del taller. En caso que un vehículo deba ingresar más de una vez al taller a raíz del mismo siniestro, se debe informar la fecha de salida de la última vez que ingresó al taller.
MONTO_SINIESTRO: Corresponde a la cuantificación del arreglo, equivalente al costo para la compañía del taller, antes de impuesto y sin incluir el costo de liquidación. Expresado en miles pesos.
COMUNA: Corresponde a la comuna del país en la que se ubica el taller en el que se realizó la reparación del vehículo.
MARCA_VEHICULO: Corresponde a la marca del vehículo reparado. Los códigos que se deben utilizar se encuentran permanentemente en el módulo Atención Fiscalizados – SEIL (Codificación SVS, Marcas vehículos motorizados) del sitio web de la Superintendencia.

TIPO_VEHICULO; Corresponde al tipo de vehículo reparado. Los códigos permitidos son:
1: Automóvil 2: Camioneta y furgón 3: Motocicleta 4: Bus 5: Camión 6: Otro

COMENTARIO FINAL:

Me parece una normativa razonable y destinada a proporcionar nueva información a los potenciales asegurados, para conocer los probables tiempos de reparación de vehículos en caso de siniestro, información hoy no disponible. No tendría observaciones que formular.
Para los corredores, en la medida que incluyan en sus procesos de venta la nueva información respecto a los tiempos de espera para que los clientes tomen una decisión más informada, será una oportunidad de brindar un mejor servicio a sus clientes. (Esta inclusión, según la SVS, puede implicar mayores costos de comercialización, relacionados con la recolección de la información y su publicación, aunque se estiman menores. También señala la SVS que en 2016 cerca de un 78,5% de la prima asociada a vehículos (daños y responsabilidad civil) fue intermediada por algún agente distinto a la propia compañía)

Gonzalo Quiroga Riobó
Asesor Legal
Colegio de Corredores de Seguros & Asesores Previsionales

VER NORMATIVA EN TRAMITE CERRADA

Fecha Publicación Plazo Recepción Comentarios Materia
29/08/2017 21/09/2017 Circular para el envío de información relativa al proceso de reparación de vehículos motorizados.

DESCARGAR INFORME REPARACIÓN DE AUTOMOVILES

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