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Legálitas repasa qué aspectos revisar al contratar un seguro de Viaje

 Con motivo del inicio de las vacaciones, Legálitas repasa qué aspectos se deben revisar al contratar un seguro de Viaje, qué coberturas es imprescindible incluir y cómo se debe proceder para solicitar una reclamación.

fuente: https://segurosnews.com/

¿Qué coberturas es obligatorio incluir?

La entidad explica que el seguro de Viaje es un contrato de adhesión con condiciones generales donde las compañías imponen un contrato redactado previamente, aunque cada una de ellas ofrece distintas modalidades. Estas pueden ir desde la más básicas, que incluyen una única garantía como cancelación y algunas relativas a gastos de demora, pérdida de maletas y asistencia sanitaria con una suma asegurada mínima, hasta otras más completas que incorporan garantías de cancelación, de asistencia sanitaria, repatriación, responsabilidad civil, defensa jurídica, etc.

Por lo tanto, al contratarlo, cada uno elige la modalidad que le interesa aceptando las coberturas básicas, las voluntarias, aumentando sumas aseguradas y, en su caso, supresión de franquicias o el importe de estas.

¿Y en los viajes internacionales?

Legálitas explica que hay determinados países en los que para entrar se exige un seguro con unas coberturas mínimas. En esos casos, la aseguradora que comercialice seguros específicos para esos destinos deberá incorporar de forma obligatoria las coberturas mínimas exigidas por esos países de destino. Por ejemplo:

  • Tailandia obliga a contratar un seguro médico de viaje que cubra todos los tratamientos médicos por un valor mínimo (20.000 dólares), prolongación de estancia de hasta 10 días (gastos de hospitalización y aislamiento en caso de infección) y que cubre gastos por COVID-19.
  • Cuba obliga a contratar seguro de viaje con cobertura médica y gastos derivados de una posible infección por Covid 19, mediada por entidades aseguradoras reconocidas en Cuba.
  • Rusia exige la acreditación de un seguro de viaje con una cobertura médica para cualquier contingencia y la repatriación.
  • Espacio Schengen: el seguro Schengen para viajar por los países que lo integran por un máximo de 3 meses en un periodo de 6 meses tiene las coberturas mínimas de gastos de repatriación en caso de emergencia o fallecimiento, la asistencia médica de urgencia y la atención hospitalaria de urgencia, con una cobertura mínima de 30.000 euros.

Principales exclusiones

No existen productos en los que todas las coberturas incluidas sean ilimitadas. Pero, de la misma forma que debe aparecer definido en los condicionados cuál es la garantía, riesgo y supuestos incluidos también deberán aparecer destacadas las exclusiones y clausulas limitativas.

En este sentido, Legálitas indica que las exclusiones más comunes son las siguientes: enfermedades crónicas o preexistentes en general y en algún caso solamente si se hubiera sufrido algún síntoma de ello dentro de los 30 días previos a la contratación, anulaciones que tengan su origen en consumo de drogas (salvo prescripción), alcoholismo, epidemias, guerras, actos dolosos, autolesiones causadas intencionadamente, suicidios o intentos de suicidio, la no presentación de los documentos indispensables para el viaje (pasaporte, visado, etc.), las lesiones que se produzcan en estado de enajenación mental, diabetes.

¿En qué fijarse al contratar un seguro de Viaje?

Debe considerarse la duración del viaje y el destino ya que si se viaja a un país en el que no se puede utilizar la tarjeta sanitaria europea se debe contratar un seguro con una buena cobertura médica en el extranjero.

Normalmente, las compañías suelen establecer las tarifas, primas y productos por tres o cuatro distinciones geográficas: España, Europa y países ribereños, resto del mundo excepto EEUU, Japón y Canadá.

Legálitas destaca que existen seguros de anulación que incorporan un límite de días para la contratación del seguro y que solo son válidos si se han contratado en el mismo momento del viaje o como máximo en los 7 días siguientes. Por ello, es fundamental exigir un ejemplar de los condicionados y examinarlos o bien asesorarse jurídicamente sobre el alcance del contrato de seguro.

También se debe tener información sobre el proceso para comunicar un siniestro, la posibilidad de utilizar una aplicación, teléfono (incluida la posibilidad de utilizar alguno de tarificación gratuita) o a través de la web. Y tomar nota de la documentación justificativa que según la póliza se puede exigir para liquidar o reembolsar gastos generados en un siniestro (demoras, perdidas maletas, etc.).

¿Qué se puede exigir que incluyan como consumidor?

Fuera de los supuestos antes indicados, esto es, países que obligan a contratar seguros con coberturas mínimas, en el resto de los casos el asegurado podrá “negociar” las sumas, la existencia e importes de las franquicias y la contratación de coberturas complementarias.

Viajes dentro y fuera de la UE

Las compañías suelen disponer de modalidades según el destino en cuestión. En los viajes dentro de España o a la Unión Europea, Legálitas detalla que puede ser suficiente contratar una póliza con garantía de cancelación, perdida/daños y robo equipaje, prolongación de estancia, demoras y pérdida de servicios contratados y reembolso de vacaciones no disfrutadas.

¿Qué incluir si el viaje es fuera de la UE?

Debería contratarse una póliza que además de las destacadas para España y UE también incluya cobertura de asistencia sanitaria (con capitales adecuados según los costes sanitarios del país al que se viaja), repatriacióntraslado familiar, convalecencia en hotel, asistencia legal y responsabilidad civil, gastos de secuestro, información general (embajadas, vacunas, requisitos de entrada).

Incluir la repatriación por enfermedad

La entidad indica que siempre es recomendable incluir la garantía de repatriación, siendo lo ideal que sus límites máximos de indemnización contemplen una suma asegurada adecuada o que cubra su coste completo (o ilimitado) con un capital adecuado.

¿Cómo reclamar un hecho sucedido en el país de destino?

Ante un incidente en un país remoto y ante un rechazo por parte de la entidad, la primera opción es pedir ayuda, información o colaboración a las embajadas o consulados, pues el trámite de reclamación a las entidades aseguradoras está regulado pero sujeto a plazos (dos meses, si bien existen entidades adheridas a código de buenas prácticas comprometiéndose a resolverlo en un mes) y hay ciertos problemas que no se podrán resolver a corto plazo, ya que muchos de ellos acaban judicializados.

Legálitas recuerda que toda compañía está obligada a tramitar las reclamaciones de los asegurados e incluso a que sean conocidas y resueltas por un departamento de Atención al Cliente y/o defensor del asegurado de forma rigurosa, imparcial y con la fuerza de vincular a la compañía con una resolución positiva para el asegurado.

De no obtener una resolución favorable o ante la falta de respuesta podría iniciarse la acción judicial (la competencia territorial es de los juzgados correspondientes al domicilio del asegurado, siendo nulo cualquier pacto en contrario) o acudirse a la dirección general de seguros, aunque el dictamen que recaiga no sería vinculante.