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Indemnizaciones tanto en juicio laboral como civil por accidente del trabajo fatal

POR: JORGE PAREDES I ABOGADO I OCTUBRE 2023
TRIBUNALES OTORGAN INDEMNIZACION POR DAÑO MORAL EN JUICIO LABORAL Y
TAMBIÉN EN JUICIO CIVIL POSTERIOR.

En el mes de noviembre de 2017 un trabajador se encontraba realizando labores de extracción
de material desde un túnel, en medio de la construcción de un colector de aguas. Para tal
efecto debía utilizar una herramienta que se encontraba energizada. Debido al
desconocimiento por parte del trabajador de la condición en que se encontraba dicha
herramienta y la inexistencia de protocolos de seguridad, éste sufrió una descarga eléctrica
falleciendo en el lugar.

ESCENARIO JUDICIAL
Respecto de la demanda laboral de indemnización de perjuicios.
En marzo de 2018 los tres herederos del trabajador fallecido, esto es, dos hijos menores de
edad representados por su madre (conviviente de aquél) y otra hija representada por su madre
(pareja previa del trabajador), presentaron conjuntamente una demanda laboral en contra del
mandante, del contratista y del subcontratista involucrados en la obra. El objeto de la acción
era obtener una indemnización por daño moral heredado, esto es, el daño moral que sufrió el
trabajador antes de fallecer y que transmitió a sus herederos. El monto demandado ascendió
a $400.000.000
En octubre de 2018 la sentencia del tribunal laboral condenó a los demandados, de manera
solidaria, al pago de la suma total de $50.00.000 en favor de los tres herederos del trabajador
fallecido. Esa sentencia quedó ejecutoriada luego que la respectiva Corte de Apelaciones
rechazara los recursos de nulidad interpuestos por las demandadas.
Respecto de la demanda civil de indemnización de perjuicios.
En febrero de 2019, tras terminar el primer juicio, la conviviente del trabajador fallecido, por
sí y en representación de sus dos hijos menores de edad, y la ex pareja del trabajador fallecido,
en representación de su hija menor de edad, presentaron conjuntamente una demanda civil
de indemnización de perjuicios en contra de las mismas empresas antes señaladas. Esta vez
se buscaba una indemnización por el daño por rebote o repercusión que aquellas personas
sufrieron a consecuencia del fallecimiento de su familiar. El monto total demandado ascendió
a $500.000.000, desglosado en $150.000.000 para cada hijo y $50.000.000 para la
conviviente.
En octubre de 2020, la sentencia de primera instancia acogió la demanda, condenando a las
demandadas al pago de la suma total de $70.000.000, desglosada en $20.000.000 para cada
uno de los tres hijos y $10.000.000 para la conviviente del trabajador fallecido. Este fallo fue
luego confirmado tanto por la Corte de Apelaciones como por la Corte Suprema.

ASPECTOS RELEVANTES | CRAWFORD – GRAHAM MILLER
Acciones judiciales con ocasión de un accidente del trabajo fatal
En publicaciones anteriores (ver boletín de septiembre 2022) hemos tratado en detalle los tipos
de daños reclamables a raíz de un accidente del trabajo fatal, en especial la diferencia entre
el daño heredado y el daño reflejo o por repercusión, que son precisamente las materias sobre
las que se pronuncian ambas sentencias.
Estos fallos tratan precisamente del primer caso conocido en donde se tramitan
completamente dos juicios sucesivos, uno laboral y otro civil, ambos terminados por sendas
sentencias ejecutoriadas.
Decimos que es el primero porque actualmente existen en tramitación juicios de manera
simultánea, pero que no han concluido o bien, porque existiendo un primer juicio con sentencia
ejecutoriada, el juicio posterior aún no concluye. Ciertamente, por el transcurso del tiempo y el
avance en la tramitación de dichos juicios, en el futuro veremos más casos como el analizado.
Ahora bien, respecto de situaciones más antiguas, ha sido posible apreciar como fenómeno
que, estando disponibles para los demandantes ambas acciones por daño moral, la primera
en utilizarse es la laboral, dado que este tipo de procedimientos tiene algunas ventajas en
relación con los juicios civiles (tramitación más rápida, en única instancia; principio de
interpretación de las normas y valoración de la prueba pro – trabajador; mayor plazo de
prescripción; etc.)
De este modo, y en la medida que avanza el procedimiento laboral y un acuerdo transaccional
se hace aconsejable en función del grado de responsabilidad, riesgo expuesto, etc., lo normal
es que dicho arreglo incorpore también las acciones civiles derivadas del mismo hecho, por lo
que no llega a producirse un segundo juicio.
Determinación del monto indemnizatorio en cada juicio y en su globalidad.
Desafortunadamente y como es usual en este tipo de casos, ni la sentencia laboral ni la
sentencia civil consignaron fundamentos o argumentaciones tendientes a justificar el monto
indemnizatorio otorgado por cada una de las sentencias.
Sin perjuicio de lo anterior, y habiéndose concedido una indemnización por daño heredado por
parte del tribunal laboral ascendente a $50.000.000, una de las alegaciones de los
demandados en el juicio posterior fue señalar que ya había existido un pago previo.
En la sentencia civil, el tribunal desechó la alegación de enriquecimiento sin causa de los
demandantes por reclamar en sede civil una indemnización habiendo ya recibido otra por el
fallecimiento del trabajador, pues el juicio civil es un proceso diverso, en el que las partes
concurren ejerciendo una acción de indemnización de perjuicios a título personal por el daño
moral en su carácter de “víctimas por repercusión o rebote.” Concluye el Tribunal sosteniendo
que “(…) se trata en consecuencia de juicios distintos, en los que, si bien existe una identidad
formal de partes, se persiguen acciones distintas y en una sede diferente, por lo que las sumas
a que se haya condenado en uno de ellos no pueden ser consideradas en el otro”.
En este caso la suma de los montos indemnizatorios otorgados en sede laboral (respecto del
daño heredado a los demandantes por la suma total de $50.000.000) y sede civil ($70.000.000
por daño reflejo de los hijos y conviviente del trabajador fallecido) ascendió a $120.000.000.
En relación con la indemnización otorgada en el juicio laboral, el monto determinado por daño
heredado se ubica dentro de los promedios para ese tipo de juicio. Sin embargo, el monto
otorgado en el juicio civil respecto del daño demandado ($70.000.000), parece bastante bajo,
considerando $20.000.000 para cada hijo y $10.000.000 para la conviviente.
Así, aunque la sentencia civil posterior no hace referencia a la indemnización por daño
heredado de $50.000.000 al avaluar el daño moral por repercusión de los demandantes,
parece evidente que lo ha tenido en consideración en su fueron interno, como una cierta
“reducción implícita” al monto que normalmente hubiese otorgado, teniendo en mente la
globalidad de las indemnizaciones, esto es, $120.000.000.
Resta por determinar en el futuro cómo actuaran los tribunales en este tipo de casos, y si optan
por la alternativa de otorgar indemnizaciones de manera independiente para cada juicio
iniciado, con un riesgo de aumento de los montos globales de indemnización o, bien,
considerando la indemnización ya otorgada por el juicio previo, caso en el cual esta “reducción
implícita” aplicada en el segundo juicio mantendría los promedios globales de indemnización,
aun cuando sea posible el ejercicio de acciones diversas generadas en un mismo hecho.