14 de mayo de 2024.- La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa la prohibición de comercializar 58 pólizas de seguros de garantía o caución a primer requerimiento, que no cumplen con las nuevas exigencias de información establecidas por la CMF en el Oficio Circular N° 1312 de enero del 2024.
En los seguros de garantía o caución a primer requerimiento, las compañías de seguros deben pagar el monto reclamado, que no exceda del monto asegurado, dentro del plazo establecido en la póliza con la sola solicitud del asegurado, y sin que proceda más información que la identificación de la póliza, del asegurado y el monto reclamado.
De acuerdo a la nueva normativa, las pólizas de garantía o caución a primer requerimiento deben incorporar en su primer artículo la leyenda específica que identifique a este tipo de pólizas como tales, de modo que asegurados y público en general puedan tomar una decisión informada en función de sus necesidades particulares.
Cabe destacar que la prohibición no afecta a las pólizas contratadas con anterioridad al 1 de mayo de este año, las que seguirán vigentes de acuerdo a las condiciones estipuladas en los contratos.
Adicionalmente, se dispuso la eliminación del Depósito de Pólizas de otras 11 pólizas cuyos textos fueron incorrectamente depositados, por tratarse de seguros ya contratados con un asegurador en particular y no de condiciones generales.